15/10/2026

El gobernador de Misiones presentó una iniciativa para modificar la Ley Orgánica del organismo y establecer expresamente su facultad de fiscalizar las sociedades provinciales y municipales, incluidas aquellas de economía mixta y con participación estatal mayoritaria. La reforma, de ser aprobada, entrará en vigencia el 1 de enero de 2027.


El gobernador de Misiones, Hugo Passalacqua, remitió este jueves 15 de octubre a la Cámara de Representantes un proyecto de ley que propone modificar la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas para establecer de manera expresa sus facultades de control y fiscalización sobre las empresas y sociedades del Estado provincial y municipal.


Passalacqua envió a Legislatura un proyecto de ley para ampliar el control del Tribunal de Cuentas sobre empresas estatales


La iniciativa plantea incorporar un segundo párrafo al artículo 2 de la Ley I – Nº 3, anteriormente Decreto Ley 1214/60, con el objetivo de precisar el alcance de las competencias del organismo encargado del control externo de los recursos públicos.


La modificación contempla a las empresas y sociedades estatales, las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, las sociedades de economía mixta y cualquier otra entidad empresarial en la que el Estado provincial o municipal tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias.


El mandatario confirmó la presentación mediante una publicación en sus redes sociales, en la que señaló que el propósito es otorgar al Tribunal de Cuentas, de manera “explícita y taxativa”, las atribuciones para fiscalizar estas estructuras empresariales.


“Los misioneros necesitan claridad, apertura y una gestión de cara a la gente, y quienes tenemos la responsabilidad de gobernar y manejar los recursos públicos trabajamos 24/7 para garantizar absoluta transparencia con medidas concretas”, expresó Passalacqua.


Asimismo, sostuvo que la rendición de cuentas constituye una responsabilidad permanente de la administración provincial. “No solo no esquivamos esa responsabilidad, sino que es una convicción profunda: hoy en Misiones gobernar es rendir cuentas a diario”, afirmó.


 


Qué establece el proyecto


El texto remitido a la Legislatura consta de tres artículos. El primero propone incorporar a la normativa vigente una disposición que establece que el Tribunal de Cuentas también ejerce la fiscalización de las empresas y sociedades del Estado provincial y municipal.


La redacción propuesta incluye expresamente a las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria y a las sociedades de economía mixta, además de otras entidades empresariales en las que el sector público provincial o municipal tenga capacidad mayoritaria de decisión.


De esta manera, la reforma busca precisar legalmente qué estructuras empresariales quedan comprendidas dentro del ámbito de fiscalización del organismo, más allá de las dependencias tradicionales de la administración pública.


El segundo artículo fija la entrada en vigencia de la modificación para el 1 de enero de 2027, mientras que el tercero es de forma.


 Los fundamentos enviados a la Cámara


En la nota de elevación, también fechada este jueves, el Poder Ejecutivo provincial fundamentó la propuesta en la necesidad de fortalecer la transparencia y brindar mayor certeza jurídica al marco regulatorio del control de los recursos públicos.


Los fundamentos enviados a la Cámara



En la nota de elevación, también fechada este jueves, el Poder Ejecutivo provincial fundamentó la propuesta en la necesidad de fortalecer la transparencia y brindar mayor certeza jurídica al marco regulatorio del control de los recursos públicos.


El documento recuerda que la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas establece las disposiciones necesarias para que el organismo ejerza el control externo sobre la administración de los fondos públicos y cumpla su función jurisdiccional.


Entre sus atribuciones se encuentra la determinación de responsabilidades y sanciones cuando corresponda, dentro de las competencias asignadas por la Constitución provincial y las leyes.


En ese contexto, el Ejecutivo sostuvo que las exigencias de transparencia en la administración pública requieren prácticas institucionales claras y accesibles para la ciudadanía.


“La exigencia de mayor transparencia en la gestión de los asuntos públicos resulta fundamental para afianzar la confianza de la ciudadanía”, señala uno de los párrafos de los fundamentos.


El Gobierno provincial también consideró necesario mencionar expresamente a las empresas y sociedades estatales en el artículo 2 de la normativa vigente, con el propósito de ratificar que estas entidades se encuentran comprendidas dentro de las facultades de fiscalización del Tribunal de Cuentas.


En ese sentido, la presentación señala que la reforma busca aportar “mayor claridad y certeza jurídica al marco regulatorio vigente”, sin plantear la creación de un nuevo organismo de contralor.


Respecto de la fecha de implementación, el Ejecutivo explicó que se propone establecer el comienzo de la vigencia en enero de 2027 por razones organizativas y de coordinación.


El documento recuerda que la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas establece las disposiciones necesarias para que el organismo ejerza el control externo sobre la administración de los fondos públicos y cumpla su función jurisdiccional.


Entre sus atribuciones se encuentra la determinación de responsabilidades y sanciones cuando corresponda, dentro de las competencias asignadas por la Constitución provincial y las leyes.


En ese contexto, el Ejecutivo sostuvo que las exigencias de transparencia en la administración pública requieren prácticas institucionales claras y accesibles para la ciudadanía.


“La exigencia de mayor transparencia en la gestión de los asuntos públicos resulta fundamental para afianzar la confianza de la ciudadanía”, señala uno de los párrafos de los fundamentos.


El Gobierno provincial también consideró necesario mencionar expresamente a las empresas y sociedades estatales en el artículo 2 de la normativa vigente, con el propósito de ratificar que estas entidades se encuentran comprendidas dentro de las facultades de fiscalización del Tribunal de Cuentas.


En ese sentido, la presentación señala que la reforma busca aportar “mayor claridad y certeza jurídica al marco regulatorio vigente”, sin plantear la creación de un nuevo organismo de contralor.


Respecto de la fecha de implementación, el Ejecutivo explicó que se propone establecer el comienzo de la vigencia en enero de 2027 por razones organizativas y de coordinación.


 


Fuente: Primera Edición

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