02/01/2025

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los montos a partir de los cuales las entidades financieras y las billeteras virtuales deben informar sobre las transacciones, saldos y consumos de sus clientes. La medida no afecta a los consumidores.


Esta actualización semestral se basa en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC.


Desde el 1° de enero deben informarse las siguientes operaciones solo si superan los siguientes importes:


$600.000:


Total de consumos con tarjetas de débito del país.


Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.


$1.000.000:


Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.


Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.


Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.


Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.


Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.


$2.000.000:


Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.


La medida no afecta a los consumidores, ya que es un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas.


 


 


Fuente: Medios
   


 


 


 


 

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