27/12/2024

A raíz de la diferencia de precios en rubros como indumentaria o tecnología, decenas de miles de argentinos eligen comprar los productos en el exterior.


Falta muy poco para la llegada del Año Nuevo y muchos argentinos miran el calendario de feriados o comienzan a planificar sus vacaciones de verano. Para los que planeen viajar al exterior, y en especial a quienes realicen compras, deberán conocer las disposiciones de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).


A raíz de la diferencia de precios en rubros como indumentaria o tecnología, decenas de miles de argentinos eligen comprar los productos en el exterior. Ahora bien, más allá de la conveniencia económica, existen restricciones impuestas por la ARCA: hay determinados ítems que no se pueden ingresar a la República Argentina.


Tanto al salir como al ingresar al país, ya sea por vía aérea, por agua o por tierra, los viajeros deben pasar por el control de la Aduana. Allí, los funcionarios buscan evitar el ingreso de los productos expresamente prohibidos por la ARCA.


ARCA (ex AFIP): qué productos no se pueden ingresar al país


Al volver a la República Argentina, los pasajeros tendrán que pasar por el control de Aduana. En esa inspección, los funcionarios revisarán que en el equipaje no cuenten con los siguientes productos:


Armas y explosivos, salvo con autorización previa de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC)
Estupefacientes
Material arqueológico y cultural
Mercadería con finalidad comercial o industrial
¿Qué productos se pueden ingresar a la Argentina sin pagar impuestos?
Según se detalla en el apartado Ayuda sobre viajeros de la ARCA, las personas que regresen del exterior tendrán permitido ingresar un teléfono celular y una notebook o tablet por persona.


Conforme a la normativa vigente, también quedarán exentos los artículos declarados antes de la salida del país: indumentaria y objetos sin fines comerciales, de uso personal, entre otros.


¿Hasta qué valor puedo ingresar bienes a la República Argentina sin pagar impuestos?


De acuerdo con el medio de transporte elegido, el tope del valor a ingresar al país varía. También cambia el máximo permitido de acuerdo con la edad de los turistas. A saber:


Límite de US$ 500 por vía aérea y marítima: franquicia extra de US$ 500 para compras en free shop. Menores de 16 años no emancipados: US$ 250.
Límite de US$ 300 por vía terrestre y río: franquicia extra solo en Puerto Iguazú. Menores de 16 años no emancipados: US$ 150.
¿Qué pasa si excedo el límite de la franquicia?
Si al regresar al país, el valor del objeto supera la franquicia, se deberá abonar un arancel igual al 50% del total excedido. Por ejemplo:


Valor del objeto comprado en el exterior = US$ 400.
Franquicia permitida por vía terrestre = US$ 300.
Excedente = US$ 100.
Total a pagar = US$ 50.


Fin de la exclusividad del dinero: el Gobierno habilitó el pagaré en especies o mercancías


El Gobierno habilitó pagarés en especie, permitiendo mayor flexibilidad en transacciones comerciales. El Decreto 1124/2024 busca facilitar el comercio.


El Gobierno argentino habilitó la emisión de pagarés nominados en especie o mercancías, una medida que apunta a flexibilizar las transacciones comerciales en diferentes sectores.


La decisión fue oficializada a través del Decreto 1124/2024 publicado hoy en el Boletín Oficial.


El decreto reglamenta el artículo 5° del Decreto-Ley N° 5965/1963, que establecía la posibilidad de incluir intereses en las letras de cambio, pero no especificaba las modalidades de cálculo.


Entre los considerandos, el Gobierno destacó “la necesidad de brindar mayor flexibilidad en la determinación de los intereses para facilitar transacciones comerciales”.


“Un pagaré es un contrato donde una parte se obliga a pagarle a otra. Si bien el Código Civil y Comercial permite libertad de diseño, el Decreto Ley 5965/63 especificaba que el pagaré debía pagar una “suma de dinero”. Esta definición, en la práctica, se interpretó como que solo podían emitirse por montos fijos en dinero, lo cual limitó su utilidad”, explicó el ministro de Desregulación Federico Sturzenegger, en su cuenta de “X”.


Sturzenegger añadió que “el Decreto 1124 al aclarar que los intereses pueden ser fijos, variables o referidos a la evolución de cotizaciones de bienes abre la posibilidad de que un pagaré pueda estar en la práctica denominado en especies o mercancías, una modalidad muy reclamada por varios sectores”.


Como ejemplo citó “el de un productor agropecuario que prefiere comprar su maquinaria emitiendo un pagaré cuya obligación se mueva con el precio de la soja que va a producir con esa máquina”.


 


 


Fuente. NA

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