08/08/2024

La Secretaría de Hacienda informa sobre los beneficios disponibles para jubilados, pensionados y personas mayores de 65 años, según lo establecido en la Ordenanza Municipal. Estos beneficios incluyen la exención del pago total de la Tasa General de Inmuebles (TGI), así como del recargo por baldío y otros derechos relacionados con la propiedad


Están exentos aquellos jubilados, pensionados y personas mayores de 65 años que sean propietarios de una única vivienda que habiten. La exención aplica si la propiedad está registrada a nombre del beneficiario o de su cónyuge, siempre que no posean otra propiedad en la provincia. Además, el ingreso mensual del beneficiario no debe superar el 150% de la jubilación y/o pensión mínima.


Aquellos jubilados o pensionados que habiten en viviendas adjudicadas por el Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (IPRODHA), siempre que estas viviendas constituyan el único bien familiar. Es necesario que la vivienda sea utilizada como residencia familiar, en comodato, préstamo de uso o venta. Que el ingreso no supere el 150% del monto mensual de las pensiones y/o jubilaciones mínimas.


Los propietarios que no perciban ingresos ni cuenten con beneficios de jubilación o pensión pueden acceder a la exención si su cónyuge o conviviente (con al menos cinco años de convivencia) es jubilado o pensionado. Para este caso, se debe presentar una acreditación fehaciente de la convivencia.


Para acceder a estos beneficios, los interesados deben presentar una solicitud por escrito y acompañarla con la documentación requerida, conforme a lo estipulado en la ordenanza.


 


Fuente: Secretaría de Hacienda Posadas

DEPORTES