21/07/2022

La medida alcanza a los operadores del transporte automotor de pasajeros, cargas generales y cargas peligrosas de jurisdicción nacional e internacional.


El Gobierno aprobó un régimen especial para regularizar multas impagas de los operadores del transporte automotor de pasajeros, cargas generales y cargas peligrosas de jurisdicción nacional e internacional.


La medida, denominada "Régimen de Presentación Voluntaria, abarca a las multas aplicadas e impagas y las presuntas infracciones constatadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2021. A través del decreto 424/2022, publicado este jueves en el Boletín Oficial, las multas o infracciones impagas podrán abonarse se abonarán en planes especiales de pago de hasta 48 cuotas.
 
Para aplicar el nuevo Régimen, el Ministerio de Transporte deberá adoptar los parámetros previstos en la Ley de Alivio Fiscal de acuerdo con una serie de pautas. Por caso, para aquellas cancelaciones totales del importe adeudado al 31 de diciembre de 2021, de pago al contado y en un plazo que no exceda los 30 días corridos a partir de la implementación del régimen especial, se podrá establecer una quita de la deuda total consolidada que no exceda el 60%.


A los fines de acceder al plan de facilidades, deberá abonarse el 5% de la deuda total consolidada, en carácter de anticipo de pago de la deuda total consolidada, mientras que el monto mínimo del pago a cuenta será de $5.000, excepto en aquellos casos en que la deuda total consolidada no supere este valor.


A los planes de pago de hasta 12 cuotas no se les podrá aplicar quitas superiores al 40 % de la deuda total consolidada al 31 de diciembre de 2021, y no se les calcularán intereses resarcitorios ni compensatorios adicionales. Para planes de pago de 13 a 24 cuotas se aplicará como máximo una quita del 40% del importe de la deuda total y una tasa de interés por financiación equivalente al 50% de la tasa pasiva promedio del Banco Central.


Mientras que para planes de pago con plazo superior a 24 cuotas no se podrán aplicar quitas ni deducciones a la deuda total consolidada; en el caso de planes con plazo superior a 24 meses e iguales o menores a 36 meses se aplicará una tasa de interés equivalente a la Tasa Pasiva Promedio del Banco Central. Por último, para planes de pago con plazo superior a los 36 meses se aplicará una tasa de interés equivalente a la Tasa Pasiva Promedio incrementada en un 20%, según el decreto.


El Gobierno justificó la creación de este Régimen al señalar que, con ese instrumento, podrá "aprovechar de un modo más eficiente los limitados recursos que actualmente son destinados a efectivizar la tramitación de los expedientes administrativos derivados de las multas aplicadas y la posterior ejecución de aquellas y reelaborar las estructuras organizativas y procedimientos relacionados con los regímenes sancionatorios".


La decisión se tomó tras varias semanas de problemas con el abastecimiento de gasoil para el transporte y del reclamo de las cámaras empresarias por la inequidad en la distribución de subsidios para el sector.


 


Fuente: NA

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