20/05/2022

Con la nueva ley se apunta a priorizar la seguridad y la calidad de la atención, con un enfoque humanístico, interdisciplinario e intercultural, que reconozca a los padres y a la familia, junto al equipo de salud, como protagonistas de la atención de la mujer embarazada, la madre y el recién nacido.


Además, se aprobaron otras leyes para garantizar la atención multidimensional, el acompañamiento y la plena inclusión de las personas con síndrome de Down; y para potenciar las acciones tendientes a garantizar el derecho a la identidad de origen. Y otras normas para crear la Historia Educativa Única y el Programa de Lucha contra el Intrusismo Odontológico. También se ratificó lo actuado por el gobernador en la firma del Consenso Fiscal 2021. Asistieron a la sesión, para acompañar el tratamiento de las diferentes iniciativas, el vicegobernador de Misiones, Carlos Arce, ministros y funcionarios del Poder Ejecutivo, representantes de diferentes asociaciones sociales y gremiales, colegios profesionales, instituciones educativas y representantes de la comunidad Mbya Guaraní.


Los objetivos de la ley que implementa el Modelo de Maternidad Segura y Centrada en la Familia son asegurar: el acceso universal y oportuno a servicios materno neonatales con respeto de la interculturalidad; disminuir la morbimortalidad materna e infantil y optimizar la atención sanitaria; y proteger y respetar los derechos de la mujer embarazada, la madre, el padre y el recién nacido.


Además, se busca la participación y la colaboración del padre, la familia y la comunidad en la protección y el cuidado de la mujer y el recién nacido, durante el embarazo, el parto y el puerperio; fortalecer la seguridad de la atención y el uso de prácticas efectivas por parte del equipo de salud de la maternidad; e implementar prácticas para la promoción de la lactancia materna según las pautas de la iniciativa Hospital Amigo de la Madre y el Niño.


También se estableció el Sistema de Regionalización de la Atención Perinatal como estrategia de optimización y coordinación de la atención, con el propósito de garantizar accesibilidad, calidad y eficiencia. Este sistema comprende una red de establecimientos escalonados de acuerdo a niveles de complejidad creciente, con programación central y descentralización ejecutiva, organizados en torno a canales de comunicación, referencia y contrarreferencia de pacientes, para que la atención se derive al efector que corresponda, según el nivel de complejidad y de conformidad con la categorización vigente.


Por otra parte, en la misma ley se implementó el modelo de Hospital Amigo de la Familia Indígena Mbyá Guaraní en las maternidades de los hospitales públicos de la provincia. Esta medida apunta a fortalecer las condiciones de atención, seguimiento y tratamiento de las familias provenientes de las comunidades Mbyá Guaraní; a fomentar el reconocimiento positivo de la diversidad cultural, lingüística y del uso de la medicina tradicional y sus prácticas terapéuticas; y a crear conciencia en las comunidades indígenas sobre sus derechos frente al cuidado de la salud; entre otros propósitos.


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El diputado Martín Cesino, autor del proyecto, afirmó en los fundamentos que “el modelo Maternidades Centradas en la Familia constituye un paradigma de atención perinatal inspirado en la iniciativa Hospital Amigo de la Madre y el Niño, creada por OMS-UNICEF en 1991 para promover la lactancia materna en las maternidades, e implementada de manera progresiva en la Argentina desde 1994”. Y agregó que “en los últimos años comenzó a estructurarse su marco teórico, con el fin de compartirlo, mejorarlo y replicarlo”.


Señaló que, además, el modelo promueve “la adopción del enfoque intercultural, mediante la incorporación de las comunidades indígenas a través de la consulta a sus representantes y la participación activa de los integrantes de estas comunidades”.


Asimismo, manifestó que “con el sistema de Regionalización de la Atención Perinatal se pretende mejorar la accesibilidad y la eficiencia global del sistema, reducir la fragmentación del cuidado asistencial, evitar la duplicación de infraestructura y servicios, y responder mejor a las necesidades y expectativas de las personas”.


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En cuanto a la implementación del modelo de Hospital Amigo de la Familia Indígena Mbya Guaraní en el ámbito sanitario provincial, dijo que se orienta a “adecuar la cultura organizacional de los efectores de salud que cuenten con Maternidades con Condiciones Obstétricas y Neonatales Esenciales para transversalizar el enfoque intercultural”; y a “garantizar el acceso de las mujeres indígenas y sus familias a un sistema de atención sanitaria que asegure su comprensión y respete la cultura, la cosmovisión y sus creencias respecto a la maternidad, el parto y el puerperio”, entre otros ejes.


En el momento previo a la aprobación del proyecto, Cesino aseguró que “esta iniciativa da un marco normativo a distintas acciones que lleva adelante el Estado en el cuidado de la salud, y se complementa con el Programa de Salud Integral sancionado en la sesión anterior; y nuestros hospitales han adoptado este modelo amigo, humanizado”.


Agregó que es importante tener en cuenta que “esto es posible gracias al gran compromiso de los trabajadores de la salud que nos permiten cumplir con los indicadores; y es una ley de la gente, ley de salud y de la vida”.



Atención e inclusión de personas con síndrome de Down



La Cámara de Representantes sancionó la ley impulsada por el diputado Carlos Rovira, para garantizar la atención multidimensional, el acompañamiento y la plena inclusión de las personas con síndrome de Down. Con esta medida se busca asegurar la calidad de la atención de salud y proporcionar los recursos necesarios para potenciar las competencias intelectuales, laborales, emocionales y habilidades sociales de estas personas, para que puedan desarrollarse de manera autónoma y concretar un proyecto de vida independiente y de calidad.  El síndrome de Down es una condición que se produce por la presencia de un cromosoma extra en el par 21 de la constitución genética de la persona, que puede causar ciertas afecciones asociadas.


Los objetivos de ley son garantizar la detección temprana del síndrome de Down y el tratamiento de las afecciones asociadas; la estimulación temprana y las terapias indicadas para potenciar el desarrollo cognitivo, físico, emocional y social desde el nacimiento; y promover la inclusión educativa a través de estrategias pedagógicas diversificadas, y la asignación de recursos y de profesionales especializados.


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También se busca favorecer la inclusión laboral a través de políticas activas; brindar asesoramiento y acompañamiento personalizado a las personas con síndrome de Down, sus familias y cuidadores; informar y sensibilizar a la comunidad sobre esta condición genética; promover la formación y capacitación de los profesionales de la salud sobre detección temprana y tratamiento especializado de afecciones asociadas al síndrome de Down.


Por otra parte, se estableció que el Consejo General de Educación y el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología deben arbitrar los medios necesarios para incentivar la finalización de cada uno de los niveles educativos y promocionar becas para el acceso a estudios superiores; y gestionar medidas para otorgar a las personas con síndrome de Down, que no dispongan de los recursos económicos suficientes, la asistencia y el acompañamiento de un profesional especializado, facilitando el ingreso, la permanencia y el egreso del educando en los diferentes niveles y modalidades del sistema educativo.


Asimismo, se crearon Centros de Desarrollo Integral, con asiento en las ciudades de Posadas, Oberá, Eldorado y Puerto Iguazú, con el fin de proporcionar a las personas con síndrome de Down accesibilidad inmediata a servicios de salud especializados y de calidad, para poder brindar un abordaje interdisciplinario a la persona y asistencia a la familia.


También se determinó que el Ministerio de Salud Pública y la obra social provincial deben brindar a las personas con síndrome de Down la cobertura en las prestaciones de pruebas prenatales y exámenes para el diagnóstico temprano; actividad terapéutica de habilitación y rehabilitación, estimulación temprana y terapias de apoyo con carácter interdisciplinario; diagnóstico, medicamentos y tratamientos del síndrome de Down y de sus afecciones derivadas; tratamientos psicológicos y psiquiátricos; y acompañamiento terapéutico o asistencia domiciliaria.


En los fundamentos del proyecto, Rovira expresó que el objetivo es “la atención integral y plena inclusión de las personas con síndrome de Down, abordando de forma pormenorizada y precisa cada una de las necesidades, en todas las etapas de la vida, a fin de potenciar sus competencias intelectuales, de salud, laborales, emocionales y habilidades sociales”.


Asimismo, destacó que “en la actualidad no quedan dudas que el síndrome de Down no es una enfermedad ni un padecimiento, sino una condición de vida que tiene la persona desde la concepción, y que, con la asistencia interdisciplinaria y el acompañamiento a las familias de la misma, ésta puede desarrollar de manera significativa sus competencias y habilidades desenvolviéndose en la vida de manera autónoma, con responsabilidad y tenacidad”.


Al momento de aprobarse la ley en el recinto, la miembro informante, diputada Silvia Rojas, agradeció al presidente de la Legislatura, Carlos Rovira, “por poner en la agenda esta temática y convertirla en derechos para personas con discapacidad”.


“No es una enfermedad o una discapacidad que contagia, lo que contagia son los prejuicios que siguen instalados en la sociedad”, agregó Rojas.


 “Celebramos una gran ley que garantiza la atención integral y una plena inclusión de las personas con síndrome de Down, poniendo todos los recursos que sean necesarios para potenciar sus competencias intelectuales, de salud, laborales, emocionales y sociales, con el fin de que ellos puedan concretar un proyecto de vida independiente y de calidad”, expresó Rojas.


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Identidad de origen


 La Cámara de Representantes sancionó una ley para potenciar acciones tendientes a garantizar el derecho a la identidad de origen y maximizar los recursos legales e institucionales disponibles a favor de toda persona que presuma que su identidad ha sido suprimida o alterada. Implica que se deberán proporcionar instrumentos que posibiliten el acceso a toda información relacionada con la propia identidad de origen y que conste en los diferentes registros de organismos públicos y privados de la provincia. 


Serán beneficiarias de esta ley las personas que presumen que su identidad ha sido suprimida o alterada por hechos concomitantes o posteriores a su nacimiento, cualquiera sea la fecha en que ésta se hubiera producido. La norma abarca a aquellas personas que presuman que la identidad de un familiar, hasta el segundo grado de parentesco, ha sido suprimida o alterada.


La ley unificó dos proyectos presentados por la diputada Rita Núñez y la ex legisladora Inés Minder. En los fundamentos de su iniciativa, Núñez afirmó que “el derecho a la identidad tiene entre sus implicancias y alcances más relevantes, la de constituir un derecho consustancial a los atributos y a la dignidad humana; es un derecho que preexiste como parte indisoluble de la dignidad originaria de las personas, sujetos y titulares plenos de derechos y libertades fundamentales, cuyo ejercicio están obligados a garantizar los estados”.


Previo a la votación y aprobación en el recinto, Núñez señaló que esta norma “tiene un valor instrumental para el ejercicio de determinados derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, de tal manera que su plena vigencia fortalece la democracia y el ejercicio de los derechos y libertades fundamentales”.


Agregó Núñez que, “como representantes del pueblo, escuchamos los pedidos de personas que están esperando estas herramientas legislativas para acceder y fortalecer sus derechos; y el fin es garantizar el derecho de origen en nuestra provincia”.


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Historia Educativa Única


El Parlamento misionero también aprobó otra norma propuesta por la legisladora Rita Núñez, tendiente a que se incorpore en el sistema educativo provincial una plataforma digital para generar una herramienta informática de gestión y administración de datos, entre los establecimientos educativos públicos de gestión estatal y privada dependientes del Consejo General de Educación y del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, y otras instituciones que se adhieran. 


Mediante esta nueva ley, se creó “la Historia Educativa Única”, en la cual se registrarán los datos académicos referidos al desarrollo de los alumnos en los distintos trayectos educativos de cada establecimiento al que pertenecen, mediante el uso de las nuevas tecnologías aplicadas a la educación.


En los fundamentos, Núñez aseguró que “la Historia Escolar Única tiene intenciones de brindar un perfil íntegro del estudiante, no solo de su retrato en la escuela o instituciones de formación superior, si no también lo que pueda entenderse como formación extracurricular”.


Además, “se invitará a institutos de idiomas, academias de actividades artísticas, deportivas y afines a que brinden los datos que puedan recoger de los estudiantes, no debemos dejar de lado las características de la personalidad, las potencialidades, las debilidades, que pueden darse en este tipo de actividades”, manifestó.


En la sesión, Núñez resaltó que “esta propuesta se enmarca en diferentes pasos que hemos dado en políticas educativas, y pretende ser una herramienta más en la prosecución de una educación de excelencia para nuestros niños, niñas y jóvenes”.


Intrusismo odontológico


También se creó el Programa de Lucha contra el Intrusismo Odontológico, con la intención de erradicar el ejercicio ilegal de esa profesión.


En la ley aprobada, cuya autoría corresponde a la diputada con mandato cumplido Natalia Rodríguez, el intrusismo odontológico es considerado una “práctica o ejercicio de esta actividad profesional por una persona que no posea el correspondiente título habilitante o que no cumpla con los requisitos establecidos legalmente para el ejercicio de la profesión de odontólogo”.


El diputado Jorge Franco, miembro informante, manifestó que “esta es una ley que va a favor de todos con el fin de poner a derecho una situación que no está muy clara; encarrilar el funcionamiento de este aspecto y comunicar a la sociedad las incumbencias del odontólogo, es decir, hacer docencia acerca de la realidad de ese problema”.


Además, el legislador destacó la importancia de la atención por parte de un profesional odontólogo en las actividades que le son reservadas; poniendo en relieve el riesgo sanitario que conlleva ser atendido por un profesional no habilitado.


 


Consenso fiscal


En la sesión, la Legislatura aprobó el Consenso Fiscal 2021 entre el presidente de la Nación, los gobernadores y vicegobernadores autorizados.


Concretamente, ratificó todo lo actuado por el gobernador de Misiones en las negociaciones con los Poderes Públicos de la Nación y las demás provincias.


El diputado Lucas Romero dijo que esta iniciativa “viene a ser un acuerdo de distintas materias entre las provincias y la Nación”; y destacó “la actitud del gobierno de la provincia que siempre ha firmado el Consenso, ha garantizado la gobernabilidad al gobierno nacional,  a pesar de seguir recibiendo un tercio de lo que aporta a la Nación en materia tributaria, y creo que vale la pena resaltar que nuestro sólido esquema tributario provincial es quien permite dar respuestas al vecino misionero día a día”.


Agregó que, “apoyamos el Consenso Fiscal pero no dejamos de demostrar nuestras diferencias en cuanto a la inclusión gasífera, energética, y a la zona aduanera especial. No solamente garantizamos la gobernabilidad, sino que mostramos los puntos que falta reconocerle a la provincia por lo que aporta; pero también nos encontramos haciendo distintas cuestiones en materia energética, y en distintas áreas, para dar una mejor calidad de vida a los misioneros”.


 



Dirección de Prensa y RR PP
Cámara de Representantes
Provincia de Misiones

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