26/09/2019

El Gobierno descartó que se apliquen nuevas restricciones en el mercado de divisas, pero advirtió que aplicará la ley penal cambiaria a aquellos ahorristas que hayan violado el tope de compra de 10 mil dólares mensuales. La medida apunta "a la gente que busca la vuelta para escaparse o para incumplir las reglas", anunció Federico Pinedo.


El presidente provisional del Senado brindó una conferencia de prensa en la que especificó que "existe la figura penal cambiaria", la cual será aplicada a los ahorristas que no cumplan con lo dispuesto por el presidente Mauricio Macri en el decreto de necesidad y urgencia 609/2019. Ese DNU, en vigencia desde el 2 de septiembre, estableció que las personas físicas tienen un límite mensual de compra de U$S10 mi. También se fijó que no pueden realizarse transferencias a cuentas en el exterior por encima de ese monto por mes.


Según le confirmaron fuentes del Banco Central a Clarín, hubo personas que aprovecharon una "ventana" en la implementación de la restricción. "Pueden haber comprado U$S10 mil en varios bancos, porque no se requería una autorización previa para cada operación", explicaron.


Así, una persona física, con fondos y cuentas en distintos bancos, pudo haber adquirido una cifra superior a la suma permitida y haber violado la Ley de Régimen Penal Cambiario 19.359.


Quienes hayan infringido la ley pueden ser sancionados económicamente (por ejemplo, pagar hasta diez veces el montón de la operación en infracción) o, incluso, recibir una condena a prisión de hasta ocho años en caso de reincidir.


En la misma conferencia, Pinedo le dijo a los periodistas que la política cambiaria "se maneja a través del Banco Central, que es una entidad autónoma y junto al Gobierno han fijado reglas", descartando así nuevas restricciones.



 

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