12/07/2018

Esa presentación, correspondiente al ejercicio fiscal del año anterior, tenían un vencimiento original entre el 11 y el 13 de julio. El organismo dispuso que las nuevas fechas para las presentaciones de ambos impuestos serán 25, 26 y 27 de julio


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó hasta el 27 de julio inclusive la presentación de declaraciones juradas de los impuestos de Bienes Personales y Ganancias para personas físicas.


Extención


Esa presentación, correspondiente al ejercicio fiscal del año anterior, tenían un vencimiento original entre el 11 y el 13 de julio.


El organismo dispuso que las nuevas fechas para las presentaciones de ambos impuestos serán 25, 26 y 27 de julio, según la terminación de la CUIT del contribuyente.


La nueva prórroga será oficializada a través de una resolución general del organismo que se publicará en el Boletín Oficial en los próximos días, según informó la AFIP en un comunicado oficial.


Segunda prorroga


Esta es la segunda prórroga que concede el organismo después de la adoptada a principios de junio pasado.


La resolución aclarará si además de la presentación se postergan también los pagos a cuenta que deben realizarse en la presentación de las declaraciones. La anterior prórroga no contemplaba esa posibilidad.


La postergación responde también a un pedido del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la ciudad de Buenos Aires (Cpcecaba), que había solicitado más plazo para la presentación de las declaraciones juradas de ambos impuestos.


En una nota dirigida al titular de la AFIP, Leandro Cuccioli, la entidad fundamentó el pedido de postergación por 10 días en los innumerables pedidos realizados por los matriculados del Consejo.


La AFIP ya había dado a conocer la Guía Paso a Paso para la confección de la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias mediante el servicio con clave fiscal “Ganancias Personas Humanas”.


Las declaraciones juradas del año 2017 del Impuesto a las Ganancias como la de Bienes Personales correspondientes a personas humanas se deberán realizar mediante ese servicio con clave fiscal, habiéndose derogado la presentación mediante aplicativo bajo el sistema SIAP.


 

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